Publicadas las subvenciones del Plan Anual de Seguros Agrarios 2015

Publicado el

 

El BOE de 26 de junio publicó la resolución de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, por la que se convocan subvenciones de la Administración General del Estado a la suscripción de los seguros agrarios comprendidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015.

Dicho plan establece el presupuesto destinado a las subvenciones a los seguros agrarios, así como los porcentajes de subvención a aplicar sobre la prima comercial del seguro y los criterios generales para su aplicación.

Beneficiarios

Pueden ser  beneficiarios:

1.-Agricultores y ganaderos profesionales, afiliados a la SS.

2.-Titulares de una explotación prioritaria.

3.-Socios de una organización o agrupación de productores, o la propia organización o agrupación.

4.-Joven agricultor, al que se le haya concedido ayuda a primera instalación.

5.-Titular de un contrato territorial de zon rural.

Solicitud de subvención.

La formalización de la póliza o contrato de seguro por el asegurado, o el tomador en su nombre, constituye la solicitud de subvención en los términos establecidos en el artículo 2 de la Orden PRE/126/2012. En particular, en lo relativo al apartado 4, deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias a la fecha de entrada en vigor de la póliza contratada.

Los periodos de suscripción de las pólizas de seguro, y por tanto, de solicitud de subvenciones, comenzarán en las fechas que se indican en el anexo del Plan Anual. El final de dicho periodo se establecerá en las correspondientes órdenes ministeriales que regulen las distintas líneas de seguro.

Subvención base.

La subvención base es, de acuerdo con lo indicado en el artículo 3 de la Orden PRE/126/2012, de aplicación a todos los asegurados, en los porcentajes indicados para cada línea de seguro en el Plan Anual, e incluido como anexo a la presente Resolución

Novedades del Plan 2015

-Se modifica la aplicación de la subvención de ENESA, sin afectar a la cantidad subvencionada al asegurado. A partir del 1 de enero de 2015 y para las líneas agrícolas y forestales, el concepto sobre el que se aplica la subvención de ENESA será la prima comercial base neta.

-La normativa europea limita la subvención a los seguros agrarios al 65% del recibo de prima, siendo aplicado este límite en cada una de las pólizas que se contrate a partir del Plan 2015. El exceso, en caso de producirse se detraerá de la subvención de las CC.AA.

-En las líneas agrícolas, la subvención base del módulo 1 será del 65% del recibo de prima o su equivalente del 75% sobre la prima comercial base neta. Subvención única al llegar al máximo admitido por la UE.

-Se han mantenido los porcentajes de subvención en los módulos 2, 3 y P agrícolas, obtenidos tras la modificación del Plan 2014 (BOE 11/10/2014), y se ha extendido al resto de líneas agrícolas, es decir el incremento de 2 puntos de la subvención base.

-En las líneas ganaderas, se incrementa un punto la subvención base en la mayor parte de las mismas.

-Se ajustan los porcentajes de las subvenciones adicionales y se crea una nueva, para aquellos asegurados que fraccionen el pago de la póliza agrícola con aval de SAECA, con un porcentaje del 1%.

-La subvención adicional por prácticas para la reducción de riesgo y por condiciones productivas es del 2% y se aplica a los módulos 2 y 3. En las líneas ganaderas, esta subvención es del 5% para las explotaciones en ADS

Acceso a la Resolución aquí

Acceso a la Guía del Plan de Seguros Agrarios de enesa aquí

Más
noticias